martes, 16 de abril de 2013

Resumen Pleno 27 de marzo y comisión del 26 .




El presupuesto para el municipio ha sido presentado y aprobado. 
El ejecutivo ha elaborado el presupuesto según criterio unilateral y siguiendo su directrices. La amplitud del documento hace que no se pueda colgar. El documento es público y se puede consultar en cualquier momento en el tablón de anuncios del ayuntamiento. Resumidamente podemos decir que según alcaldesa es mas o menos como el año pasado. 
El ayuntamiento no invertirá mas que en acondicionar una de las calles principales del municipio, La calle de la Iglesia. 
Lo avanzado del año hace que muchas cosas ya hayan pasado, incluido el hecho de haber comprado una retroescavadora  que será muy útil para las distintas necesidades de reparación que precisa nuestro municipio.
Se mantienen las partidas presupuestarias de otros años (ocio, cultura, deporte,transportes...). Se nos ha vuelto a conceder la subvención para la contratación municipal para los trabajos de servicio al ayuntamiento, el 1 de abril empezaron nuestros vecinos a colaborar con el municipio.

El equipo popular apuntó la necesidad de invertir en instalaciones nuevas de ocio para el conjunto de la población. 
Os exponemos el procedimiento de aprobación de presupuestos ya que parece que suscita interés en algún miembro de nuestro municipio. Seguimos en la medida que podemos resolviendo vuestras cuestiones.

PRESUPUESTO MUNICIPAL:
  • ¿QUÉ ES?
Es el documento que plantea los Ingresos que se prevén en el año, y en qué Gastos se invertirán.
  • ¿QUIÉN LO ELABORA?
El equipo de gobierno debería elaborar un borrador, entregarlo a los concejales de la oposición para su estudio, y trabajar para lograr conjuntamente el acuerdo en determinados puntos. Es es la teoría bien entendida. Pero la impronta de la fecha del pleno no ha cumplido los plazos para poder estudiar las partidas presupuestarias. En nuestro municipio los presupuestos los elabora el ejecutivo  (la alcaldesa y sus concejales).
  • ¿QUÉ PLAZOS HAY PARA SU ELABORACIÓN Y APROBACIÓN POR EL PLENO?
El presupuesto debe presentarse al Pleno de la Corporación para su debate y aprobación, antes del 31 de diciembre del año anterior. Es decir, que el del año 2013 debió haberse presentado antes del 31 de diciembre de 2012. Por ello, los trabajos de elaboración y entrega de documentación a la oposición deben comenzar durante el último trimestre del año. La explicación a la demora viene dada en principio por el cambio de secretaria en nuestro municipio. 

  • ¿QUÉ PROCEDIMIENTO DEBE SEGUIRSE PARA LA APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO?
  1. El gobierno municipal entrega del borrador a los concejales de la oposición ( con cuarenta y ocho horas, tiempo para que pueda ser estudiado)
  2. El concejal de Hacienda convoca una comisión informativa de Hacienda (formada por una representación proporcional de todos los grupos municipales alcaldesa y teniente alcalde y un miembro de la oposición), en la que da cuenta del borrador, y en la que se debate el contenido. El interventor y la secretaria del Ayuntamiento están presentes en la comisión para aclarar cualquier duda de los participantes.
  3. La comisión emite un “dictamen”; es decir, un documento que explica el sentir de los concejales que están presentes, y los votos a favor y en contra del presupuesto que ha presentado el concejal de Hacienda. Pudiendo incluirse en ese “dictamen” los cambios que se hayan acordado a propuesta de la oposición (que en nuestro municipio no cabe porque  ya nos viene dado ); pero si las propuestas de la oposición no suman la mayoría de los votos (en las comisiones, 2 votos), no se hacen constar en el dictamen.
  4. El alcalde convoca un pleno extraordinario con un plazo mínimo de dos días, desde que el expediente completo está listo y a disposición de todos los concejales.
  5. El pleno debate y somete a votación el Presupuesto. Si el Pleno lo forman 7concejales, por ejemplo, la mayoría absoluta decide: 4 Es decir, la mitad más 1 de los miembros de la Corporación, estén o no presentes todos.
  6. El presupuesto es aprobado provisionalmente. Este es mas el prodedimiento según El Reglamento de Organización y Funcionamiento (ROF) de los ayuntamientos.





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