1.- Se aprueba el acta de la sesión anterior
2.- Dacion cuenta al pleno de los decretos y resoluciones dictados por alcaldía desde la ultima sesión .
3.- Se da cuenta del Estado de Ejecución Presupuestaria al 4º trimestre de 2017, cuyo resumen es el siguiente:
INGRESOS
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PRESUPUESTO
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DERECHOS RECONOCIDOS NETOS
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RCAUDACION LIQUIDA
|
DERECHOS RECONOCIDOS EJERCICIOS
CERRADOS
|
RECAUDACIÓN LIQUIDA EJERCICIO
CERRADOS
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CAPITULO 1
|
405.807,43
|
325.149,01
|
267.349,31
|
460.517,54
|
64.407,29
|
CAPITULO 2
|
9.681,41
|
4.659,37
|
4.519,62
|
0
|
0
|
CAPITULO 3
|
130.125,66
|
110.622,05
|
106.224,80
|
108.030,85
|
6.779,00
|
CAPITULO 4
|
151.334,69
|
151.104,04
|
149.871,54
|
0
|
0
|
CAPITULO 5
|
6.978,88
|
7.533,33
|
3.459,33
|
4.047,00
|
2.000,00
|
CAPÌTULO 6
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
CAPITULO 7
|
78.000,00
|
70.996,70
|
56.000,00
|
0
|
0
|
CAPITULO 8
|
84.336,96
|
0
|
0
|
0
|
0
|
CAPITULO 9
|
0
|
0
|
0
|
00
|
0
|
TOTAL INGRESOS
|
866.265,03
|
670.064,50
|
587.424,60
|
571.211,41
|
73.186,29
|
GASTOS
|
PRESUPUESTO
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OBLIGACIONES RECONOCIDAS NETAS
|
PAGOS LÍQUIDOS
|
OBLIGACIONES RECONOCIDAS EJERCICIOS
CERRADOS
|
PAGOS LIQUIDOS EJERCICIO CERRADOS
|
CAPITULO 1
|
278.483,44
|
265.679,10
|
265.561,20
|
0
|
0
|
CAPITULO 2
|
283.579,56
|
229.012,17
|
213.341,08
|
9.427,55
|
9.427,55
|
CAPITULO 3
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
CAPITULO 4
|
24.000,00
|
16.000,00
|
17.000,00
|
7.000,00
|
7.000,00
|
CAPITULO 5
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
CAPÌTULO 6
|
230.202,03
|
225.023,84
|
144.105,85
|
0
|
0
|
CAPITULO 7
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
CAPITULO 8
|
0
|
0
|
0
|
0
|
0
|
CAPITULO 9
|
50.000,00
|
50.000,00
|
50.000,00
|
0
|
0
|
TOTAL INGRESOS
|
866.266,03
|
793.715,11
|
690.008,13
|
16.427,55
|
16.427,55
|
Periodo medio de pago a proveedores es de -11,4 días
4.- Seguidamente se da cuenta que por resolución de la alcaldía de fecha 30 de Enero de 2018.
5.- . Se da cuenta que por Resolución de la alcaldía de fecha 6 de marzo de 2018, se ha elaborado el Plan Presupuestario a medio plazo 2019-2021, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
6.- El control interno de la actividad económico-financiera de la Entidad Local se ajustará a los preceptos contenidos en el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, en el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno de las entidades del Sector Público, y en las normas reguladoras aprobadas por las entidades Locales en desarrollo de las anteriores disposiciones.
Considerando que con fecha 13 de marzo de 2.018 se inició procedimiento para la aprobación del régimen de control interno simplificado. Sometido a votación el pleno aprueba que nuestra control interno sea regulado por el interventor asumiendo las funciones que derivan de real decreto 424/2017 de las entidades del sector público.
7.- Control, ruegos y preguntas :
- Se solicita aclaración al contenido del Decreto 41-2018, por el que se aprueba la concertación de una operación de préstamo a corto plazo de 80.000,00 €.Por la Sra. Alcaldesa se informa que se trata de una operación de tesorería, préstamo a un año, con un interés del 0,04%, y que está destinado a contar con liquidez (tesorería) para realizar pagos reconocidos, ante la falta de ingresos reconocidos por parte de la diputación Provincial de Segovia, y sí la diputación hubiera realizado el ingreso quince días antes, no hubiera sido necesario acudir a esta operación. La operación no afecta al presupuesto, más que en el pago de intereses que son de muy pequeña cuantía.
- Se pone de manifiesto (como ya venimos haciendo) que de un primer análisis de los datos de la Liquidación del Presupuesto se puede considerar que hay un desfase entre ingresos y gastos, al haber más obligaciones reconocidas (pagos) que derechos reconocidos (ingresos) durante el ejercicio, y solicita aclaración.Por el Secretario-Interventor se informa que es correcta la indicación, y está motivado en que se ha aprobado una modificación del presupuesto de 2.017 para financiar inversiones con cargo al remanente de tesorería de años anteriores, por lo que se obtiene el resultado presupuestario indicado.- Se solicita aclaración al contenido del Decreto 16-2018, y otros similares, por los que se acuerda dejar en suspenso la practica de liquidaciones del Impuesto de “PLUSVALIA”. Contesta la Sra. Alcaldesa que a la vista de la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró inconstitucionales determinados artículos de la Ley de Haciendas Locales, y posteriores sentencias de los Juzgados de lo Contencioso Administrativo, conforme a la propuesta del Jefe de los Servicios Tributarios y de Recaudación de la diputación Provincial de Segovia y del Letrado Jefe del Servicio de Abogacia de la diputación provincial, se estima procedente dejar en suspenso la práctica de la liquidación del Impuesto de las declaraciones que se presentan hasta que se modifique la Ley de Haciendas Locales.
- Se solicita aclaración del Decreto 20-2008, por el que se acuerda declarar la caducidad del procedimiento de bonificación en el IAE.
Contesta la Sra. Alcaldesa manifestando que en la Ordenanza Fiscal que tiene aprobado el Ayuntamiento reguladora del Impuesto de Actividades Económicas está regulado la posible bonificación para empresas que se instalen en el municipio, como forma de potenciar el polígono Industrial, y en el presente caso la empresa que lo solicitó no reunía los requisitos necesarios para conceder dicha bonificación.
- Se pregunta sobre el contencioso que ha tenido el Ayuntamiento con quienes se quedaron con la parcela y naves en el Polígono Industrial de Jaime Olmos S.L. Contesta la Sra. Alcaldesa que el Ayuntamiento reclamó a la nueva empresa el pago de las cuotas de urbanización del polígono, la nueva empresa lo recurrió ante el Juzgado y ha perdido el Ayuntamiento, ya que el Administrador Concursal de Jaime Olmos S.L. no puso la deuda que mantenía con el Ayuntamiento por cuotas de urbanización del polígono industrial como crédito privilegiado y al ejecutarse el concurso no quedaron fondos para el pago al Ayuntamiento, quedando cancelada la deuda para con el Ayuntamiento. El Ayuntamiento no ha recurrido la sentencia por consejo de abogados a los que se consultó.
- Se pregunta sobre la tramitación de las nuevas Normas Urbanísticas. Contesta la Sra. Alcaldesa que está pendiente y dependiendo del Técnico redactor.
- Se pregunta cómo se encuentra la solicitud del comedor Escolar. Contesta la Concejal del PSOE, Doña Gloria Hernando Luciañez, que la solicitud se aprobó por el Consejo Escolar, lo envió a la dirección Provincial de Educación, quien solicitó documentos al Ayuntamiento que le fueron enviados, y lo ha remitido todo a la Consejería de Educación que es quien debe resolver.
- Se pregunta sí ya está acordado el calendario de fechas de las fiestas locales. Contesta la Sra. Alcaldesa que ya se han fijado del 24 al 29 de julio, y se ha publicado por la Asociación Cultural Santiago apóstol y por el Ayuntamiento.
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